¿QUIERES DOCUMENTACIÓN ECLESIAL SOBRE SODOMÍA?:
305. Concilio de Elvira, canon 71: Se decreta la excomunión a los pedófilos hasta el lecho de muerte.
314. Concilio de Ancira, cánon 16: Los clérigos que practiquen la pederastia son condenados a diversas penas canónicas.
693. Concilio de Toledo, canon 3: La sodomía se condena como un crimen, con la pena de laización y destierro para los clérigos y de excomunión, azotes y destierro para los laicos.
1120: Concilio de Naplusa (Tierra Santa): Se establecen diversas penas para los culpables del pecado "contra natura".
1179: Concilio Ecuménico Lateranense, canon 2: Aquel que sea sorprendido en actos contra natura, basándose en Ef 5, 3-6, si es clérigo véase desposeido de su condición y ministerio y recluido en un monasterio para hacer penitencia, si es laico, sea excomulgado y desterrado de la comunidad de fieles.
305. Concilio de Elvira, canon 71: Se decreta la excomunión a los pedófilos hasta el lecho de muerte.
314. Concilio de Ancira, cánon 16: Los clérigos que practiquen la pederastia son condenados a diversas penas canónicas.
693. Concilio de Toledo, canon 3: La sodomía se condena como un crimen, con la pena de laización y destierro para los clérigos y de excomunión, azotes y destierro para los laicos.
1120: Concilio de Naplusa (Tierra Santa): Se establecen diversas penas para los culpables del pecado "contra natura".
1179: Concilio Ecuménico Lateranense, canon 2: Aquel que sea sorprendido en actos contra natura, basándose en Ef 5, 3-6, si es clérigo véase desposeido de su condición y ministerio y recluido en un monasterio para hacer penitencia, si es laico, sea excomulgado y desterrado de la comunidad de fieles.
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